ü Conceptualización y Política de la Educación Especial
(1997)
Documento
que rige los aspectos filosóficos y normativos de la atención educativa
especializada dirigida a las personas con necesidades educativas especiales o
con alguna discapacidad. Esta como parte de la Educación Bolivariana se concibe
como deber social y derecho humano que tienen los estudiantes con necesidades
educativas especiales o con discapacidad, al desarrollo de su potencial
creativo en condiciones históricamente determinadas. Se define además como un proceso de carácter
integral, sistémico, sistemático, continuo, permanente y multifactorial, de
formación de todos los ciudadanos y ciudadanas.
Entendiéndose
su carácter Integral: por cuanto considera todos los aspectos que influyen en la
vida del estudiante con necesidades educativas especiales o con discapacidad,
vista desde una perspectiva integral y holística, como un ser biopsicosocial,
producto de una historia particular, familiar, comunal y nacional, que se
encuentra en constante interacción y relación activa, corresponsable,
bidireccional, transformadora y desarrolladora con su entorno.
En dicho
documento se delimitan las áreas de atención de la modalidad de EE:
Dificultades de Aprendizaje, Retardo mental, Deficiencias auditivas, Deficiencias
visuales, Impedimentos físicos, Autismo y Talento Superior.
- Modelo
de atención educativa integral
Los fines,
propósitos, principios y aspectos filosóficos, axiológicos, epistemológicos
y teleológicos expresados anteriormente,
fundamentan la educación venezolana y la definen como un proceso de formación
ciudadana de niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos. Por consiguiente,
direccionalizan metodológicamente la atención educativa integral de las
personas con necesidades educativas especiales o con discapacidad,
estableciendo un Modelo de Atención Educativa Integral (M.A.E.I.).
ü Conceptualización y Política del área de Deficiencias
Visuales (1997)
Documento
contentivo de la conceptualización y política de la Atención Educativa Integral
de las personas ciegas y deficientes visuales, desde edades tempranas a la
adultez, responde a los lineamientos establecidos en la normativa legal vigente
en la Modalidad de Educación Especial, enmarcado en el proceso de
descentralización y regionalización de la educación en el país
En Venezuela, la atención educativa de la persona ciega y deficiente visual
data desde una perspectiva histórica, ya que en 1936, se funda la Sociedad
Amigos de los Ciegos, cuyo propulsor fue el señor Mevorah Florentín, con la
finalidad de brindar atención educativa y asistencial a niños ciegos y sordos
de la ciudad de Caracas y sus alrededores.
A partir de 1975, el Ministerio de Educación crea la Dirección de Educación
Especial, la cual en 1976, en su documento de Conceptualización y Política
establece como área dentro de su campo de acción las deficiencias visuales,
razón por la cual, es responsable de los lineamientos y políticas que deben
regirla, como área de su competencia. De tal manera que la atención de las
personas ciegas y deficientes visuales pasa a ser responsabilidad del Estado,
quedando atrás la época en la cual ésta, tanto en Venezuela como en el resto
del mundo era producto de acciones filantrópicas de iniciativas privadas.
(Conceptualización y política del área de Deficiencias Visuales 1997)
La
Conceptualización y Política del área de
Deficiencias Visuales de la Dirección
General de Educación Especial dependiente
del Ministerio del Poder Popular para la Educación, caracteriza a la
población atendida de la siguiente manera:
o Ciego: es
toda persona que requiere de técnicas y procedimientos específicos para relacionarse con el medio y
adquirir conocimientos debido a que no percibe ni proyecta luz y requiere de
los sentidos no visuales.
o Deficiente
visual: persona que requiere de la adecuación de caracteres visuales a su
capacidad visual, por lo que necesita estimulación del potencial visual de
manera constante y progresiva.
o Ciego o
deficiente visual con condiciones asociadas: son las personas que presentan,
asociado a su condición visual, algún compromiso en sus funciones
intelectuales, sensoriales o motoras, por lo que requiere técnicas y
procedimientos específicos que le faciliten su ingreso, prosecución y
culminación en el Sistema Educativo.